Cidadania Italiana

Tribunale di Catanzaro reconoce competencia y prosigue acción

El Tribunal de Catanzaro declara competencia y deniega la suspensión solicitada; el proceso de reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinis continúa para resolución.

Tribunale di Catanzaro reconoce competencia y prosigue acción
Foto: Dmitry Romanoff (Pexels)

Tribunale di Catanzaro reconoce competencia y prosigue acción

El Tribunale di Catanzaro reconoció su competencia y mantuvo el curso de una acción de reconocimiento de ciudadanía italiana iure sanguinis, denegando la solicitud de suspensión presentada por el Ministerio, según el texto de la decisión publicado por el Diritto Pratico. (Sentencia n. 3925/2026, publicada el 26/10/2026.) Fuente: Diritto Pratico

Resumen de la decisión — Tribunale di Catanzaro, sentencia n. 3925/2026

  • La decisión (sentencia n. 3925/2026, publicada el 26/10/2026) confirmó que el Tribunale di Catanzaro es competente para juzgar la solicitud de reconocimiento de ciudadanía iure sanguinis, habiendo sido indicado el lugar de nacimiento del ascendiente italiano y la residencia de los solicitantes en el exterior.
  • El Ministerio (resistente) no cuestionó el mérito de la solicitud; solicitó, como medida principal, la suspensión del proceso en razón de una cuestión de constitucionalidad suscitada por el Tribunale di Bologna.
  • El Tribunal de Catanzaro consideró superveniente la decisión de la Corte Costituzionale (sent. n. 142/2025, de 24/06/2025) y entendió que no era adecuada la suspensión requerida, manteniendo el proceso en agenda para decisión.
  • El tramo divulgado no contiene la parte dispositiva final sobre el reconocimiento de la ciudadanía a los solicitantes; la decisión fue parcial respecto a competencia y a suspensión. Según el texto de la decisión publicado por Diritto Pratico, la fase procesal seguirá para decisión de mérito. Fuente: Diritto Pratico

Lo que significa en la práctica para familias brasileñas — ciudadanía italiana, Tribunale di Catanzaro, iure sanguinis

  • La sentencia refuerza que el Tribunal del lugar de nacimiento del ascendiente italiano puede ser competente cuando los solicitantes residen en el exterior, basándose en la previsión procesal aplicada por la jurisprudencia (ver art. 4, co. 5, d.l. n. 13/2017). Este entendimiento es relevante para brasileños que tienen antepasados nacidos en Italia y optan por la vía judicial.
  • La decisión confirma que las solicitudes judiciales pueden proseguir incluso si existen cuestiones de constitucionalidad suscitadas en otros tribunales, cuando ya exista una decisión superveniente de la Corte Costituzionale sobre la misma materia — en este caso, la Corte ya se había manifestado (sent. n. 142/2025). Importante: esta reducción de la probabilidad de suspensión depende de la identidad de la cuestión constitucional y de la evaluación del juez en el caso concreto.
  • Observación: desde la entrada en vigor del Decreto Tajani (DL 36/2025, convertido en la Ley 74/2025) hay cambios relevantes en las vías administrativas de reconocimiento (ver sección siguiente). Lea con atención las advertencias a continuación antes de decidir entre la vía administrativa o judicial.

Plazos y procedimientos prácticos — suspensión procesal y tramitación

  • El proceso en Catanzaro fue instruido por vía documental y hubo audiencia el 26/10/2026 realizada conforme al art. 127-ter c.p.c., demostrando que, en circunstancias adecuadas y a criterio del juez, acciones de reconocimiento pueden tramitar con concentración probatoria. La aplicación del art. 127-ter depende del juez y de las características del caso.
  • Atención sobre agotar vías administrativas: la legislación y la práctica se modificaron entre 2025 y 2026. Para algunas generaciones (hijos y nietos) la vía consular administrativa permaneió como ruta posible por tiempo limitado, pero para generaciones posteriores (bisnietos y más) el marco administrativo se restringió significativamente — ver la sección "Efecto del Decreto Tajani" a continuación. Así, la exigencia de haber agotado la solicitud administrativa consular antes de iniciar una acción no es una regla general aplicable sin distinguir la generación del solicitante y el momento en que el pedido fue protocolado. En cualquier caso, la vía judicial sigue estando disponible en muchas situaciones, pero la estrategia debe evaluarse caso por caso.
  • Los solicitantes residentes en Brasil deben reunir: actas de nacimiento y matrimonio del ascendiente y de la cadena sucesoria, pruebas de mantenimiento de la ciudadanía del antepasado (transcripciones, ausencia de naturalización que haya causado pérdida), además de documentos civiles personales. Estos elementos son centrales para el mérito de la acción.

Efecto del Decreto Tajani / Ley 74/2025 sobre rutas judiciales y administrativas

  • Contrario a lo que un resumen corto podría sugerir, el Decreto Tajani (DL 36/2025 convertido en la L. 74/2025) produjo restricciones relevantes y concretas en las rutas administrativas: la vía consular se restringió en la práctica a hijos y nietos de italianos; para bisnietos y generaciones posteriores la vía consular administrativa dejó de ser una ruta viable en la mayoría de los casos. Paralelamente, el reconocimiento administrativo en los comuni (comunes) dejó de ser una vía disponible para el procesamiento autónomo de muchos pedidos de jure sanguinis (según efectos regulatorios del Decreto 36/2025). Estos cambios deben considerarse con atención antes de optar por una vía administrativa.
  • Punto esencial y a menudo mal entendido: el Decreto Tajani contiene efectos de retroactividad material que afectan el derecho sustantivo — en términos prácticos, el texto legislativo declaró que ciertas personas nacidas en el exterior y que no sean hijos o nietos de italiano "nunca fueron italianas". Esta declaración retrocede al nacimiento de la persona y, por lo tanto, extingue un derecho que algunos individuos ostentaban desde el nacimiento (jure sanguinis). Esta retroactividad material es uno de los elementos centrales que han sido objeto de litigios y análisis por los tribunales.
  • Consecuencia práctica: aunque la vía judicial permanece formalmente existente, el Decreto Tajani cambió el trasfondo jurídico y creó obstáculos relevantes para solicitantes de generaciones posteriores (bisnietos y más). Los efectos materiales de la nueva norma pueden perjudicar derechos que ya eran reconocidos antes de su entrada en vigor. Por ello, en acciones judiciales actuales es imprescindible evaluar cuidadosamente la protección de procesos protocolados antes del decreto y los argumentos constitucionales y de derecho adquirido aplicables.

Qué hacer ahora — orientaciones prácticas

  • Antes de iniciar, confirmar la competencia del tribunal con base en el lugar de nacimiento del ascendiente italiano y la situación concreta del caso. Reunir documentación civil completa y pruebas de mantenimiento de la ciudadanía del ascendiente.
  • Contratar un abogado especializado en ciudadanía italiana es recomendable para evaluar estrategia (competencia, instrucción documental, posibles cuestiones constitucionales y consecuencias del Decreto Tajani) y acompañar las notificaciones.
  • Atención a los plazos y al momento de protocolo: procesos protocolados antes de la entrada en vigor del Decreto Tajani pueden gozar de protección específica prevista en el propio decreto; la estrategia procesal debe considerar esa protección y la posibilidad de invocar derechos adquiridos o principios constitucionales, cuando corresponda.
  • Guarde copias de todos los expedientes y siga la jurisprudencia de la Corte Costituzionale y de las Sezioni Unite de la Corte di Cassazione, que tienen fuerza vinculante para los jueces italianos.

Conclusión La sentenza n. 3925/2026 del Tribunale di Catanzaro reafirma la competencia del juzgado del lugar de nacimiento del ascendiente para procesar solicitudes de reconocimiento de ciudadanía iure sanguinis por solicitantes en el exterior y negó la suspensión basada en una cuestión constitucional ya decidida por la Corte Costituzionale, manteniendo el proceso en curso para la decisión de mérito. Importante: desde el Decreto Tajani (DL 36/2025/L. 74/2025) hubo cambios significativos en las rutas administrativas (consular y comune) y existe cuestión de retroactividad material que perjudica derechos de generaciones posteriores; estas circunstancias deben ser consideradas por quienes planifican una acción de reconocimiento. Fuente: Diritto Pratico

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