Italian Citizenship

Tribunale di Catanzaro confirma ciudadanía iure sanguinis

Sentencia (Trib. Catanzaro, 28/09/2026) reconoce ciudadanía italiana por ascendencia; tribunal define competencia y elimina la obligación de esperar decisión administrativa.

Tribunale di Catanzaro confirma ciudadanía iure sanguinis
Foto: Giuseppe Di Maria (Pexels)

El Tribunale di Catanzaro reconoció la ciudadanía italiana iure sanguinis en la sentencia n. 3712/2026, publicada el 28/09/2026, y decidió, en el caso concreto, que la vía judicial puede plantearse sin la previa conclusión del procedimiento administrativo consular ni la espera del plazo de 730 días previsto en el DPR 362/1994, conforme al texto de la decisión publicado por Diritto Pratico.

AVISO IMPORTANTE (contexto legal imprescindible): desde el Decreto Tajani (Decreto-Legge n. 36/2025, convertido en la Ley 74/2025) hubo cambios relevantes en el panorama del reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia. Entre los efectos más importantes se encuentran:

  • restricción de la vía consular: el reconocimiento consular quedó limitado a hijos y nietos de ciudadano italiano; bisnietos y generaciones posteriores dejaron, en la práctica normativa traída por el decreto, de poder obtener reconocimiento consular directo en muchos casos;
  • retroactividad material declarada por el decreto: el diploma legislativo declara efectos que alcanzan el derecho material de nacimientos ocurridos en el pasado, lo que puede impedir el reconocimiento iure sanguinis de determinadas personas que, antes del decreto, eran consideradas portadoras del derecho desde el nacimiento;
  • la vía judicial continúa existiendo, pero la interpretación y aplicación del decreto levantan cuestiones complejas sobre retroactividad y protección de procesos ya protocolados (observando que el propio texto del decreto prevé protección de procesos ajuizados antes de su entrada en vigor).

Estos puntos son centrales para cualquier lectura práctica de la sentencia del Tribunale di Catanzaro: la decisión del tribunal vale para el caso concreto allí apreciado, pero debe leerse a la luz del DL 36/2025 y de la subsecuente jurisprudencia y debates sobre retroactividad material.

Resumen de la decisión — ciudadanía italiana, Tribunale di Catanzaro

La sentencia n. 3712/2026, publicada el 28-09-2026 por el Tribunale di Catanzaro, trató de una solicitud de reconocimiento de ciudadanía italiana iure sanguinis presentada por una solicitante que afirmó ser descendiente directa de una ciudadana italiana nacida el 11-02-1943. Según el texto de la decisión publicado por Diritto Pratico, el tribunal aceptó la solicitud y reconoció el estatus de ciudadana italiana de la autora (fuente: Diritto Pratico — https://apps.dirittopratico.it/sentenze.html?c=https://apps.dirittopratico.it/sentenza/tribunale/catanzaro/2026/3712.html#fa356).

El Ministerio (Presidencia del Consejo / Ministerio competente) compareció al proceso, habiendo alegado cuestiones relativas a la constitucionalidad de normas discutidas en otros expedientes; el Tribunale di Catanzaro registró la superveniencia de la sentencia de la Corte Costituzionale n. 142/2025 (24/06/2025) y, en el caso concreto, decidió no suspender el curso del proceso, dando continuidad al juicio y proferiendo el reconocimiento.

Observación procesal: la descripción de las manifestaciones del Ministerio y de los fundamentos de eventuales solicitudes de suspensión se reproduce a partir del texto publicado; lecturas y efectos en otros procesos dependen del marco temporal (fecha de protocolo) y de la especificidad de cada caso.

Competencia y distribución del caso — acción judicial y comune de origen

El Tribunale di Catanzaro declaró su competencia con base en el art. 4, co. 5, del decreto-ley n. 13/2017: cuando el autor reside en el exterior, la acción de reconocimiento de ciudadanía se atribuye al tribunal correspondiente al comune de nacimiento del antepasado italiano. En el caso concreto, el ascendiente era originario de un comune cuya circunscripción judicial recae sobre Catanzaro, justificando que la vara especializada de esa localidad juzgara la acción.

Este criterio de distribución es práctico para quien pretende la vía judicial: es necesario identificar correctamente el comune de nacimiento del ascendiente italiano para determinar qué Tribunale será competente. Abogados italianos suelen orientar sobre esta verificación documental como primer paso procesual.

Importante: aunque la regla de competencia anterior es aplicable, la viabilidad y el contenido de la acción pueden verse afectados por la aplicación del DL 36/2025/Ley 74/2025, según el caso y la generación del demandante.

Sobre la vía administrativa/consular, el plazo de 730 días y el impacto del Decreto Tajani

En el caso analizado, el tribunal admitió la acción judicial sin exigir la previa conclusión del procedimiento consular ni la espera del plazo de 730 días previsto en el DPR 362/1994. Esta es una decisión jurisdiccional relativa al caso concreto.

No obstante, es esencial añadir el siguiente contexto normativo que el lector debe tener en cuenta:

  • Decreto Tajani (DL 36/2025, convertido en Ley 74/2025): restringió sustancialmente la vía consular para el reconocimiento de la ciudadanía, limitándola, en la práctica, a hijos y nietos de ciudadano italiano. Bisnietos y generaciones posteriores, en muchos casos, perdieron la posibilidad de reconocimiento consular directo a causa del nuevo diploma.
  • Retroactividad material: el decreto contiene enunciados que afectan el derecho material, retrotrayéndose al nacimiento de la persona en ciertos casos y excluyendo, para determinadas generaciones, el derecho iure sanguinis que hasta entonces era reconocido desde el nacimiento. Esta es la cuestión central que ha motivado debates judiciales sobre compatibilidad con principios constitucionales y sobre los límites de la retroactividad legislativa.
  • Protección de procesos protocolados antes de la entrada en vigor: el propio texto del decreto prevé reglas de protección para acciones ya en curso antes de su vigencia; sin embargo, la extensión de esa protección y el análisis de la retroactividad del derecho dependen del examen concreto y de la jurisprudencia aplicable.

Por tanto, la afirmación de que “no es condición de procedibilidad” la previa tentativa administrativa es correcta para este fallo concreto, pero su aplicabilidad amplia no puede tomarse a la ligera respecto al DL 36/2025. Requirentes (especialmente bisnietos y generaciones posteriores) necesitan asesoría específica sobre si y cómo el decreto afecta su derecho y qué vía (consular, cuando siga siendo posible; administrativa en el comune en casos muy limitados; o judicial) es practicable en su caso.

Precedentes y impacto de la Corte Costituzionale

El Tribunale di Catanzaro tomó nota de la sentencia de la Corte Costituzionale n. 142/2025 (24/06/2025), que fue considerada relevante para el manejo de la cuestión de constitucionalidad suscitada en otros casos. La Corte Costituzionale es un órgano distinto de la Corte di Cassazione y tiene competencia para evaluar la compatibilidad de normas con la Constitución.

Sin embargo, el panorama jurisprudencial y legislativo fue alterado por el DL 36/2025/Ley 74/2025, cuya aplicación ha sido objeto de cuestionamientos constitucionales y civiles que requieren evaluación caso por caso. La existencia de decisiones favorables de tribunales de primera instancia (como en Catanzaro) no significa que el marco general deba interpretarse de forma absoluta para todas las generaciones y situaciones sin considerar el Decreto Tajani y sus posibles impugnaciones.

Implicaciones prácticas para familias brasileñas

  • La vía judicial continúa siendo una alternativa para el reconocimiento de la ciudadanía, pero el contexto normativo ha cambiado: el DL 36/2025/Ley 74/2025 restringió la vía consular y trajo efectos retroactivos que pueden impedir el reconocimiento iure sanguinis para bisnietos y generaciones posteriores. Consulte siempre a un abogado especializado para evaluar la situación específica antes de tomar decisiones.
  • Identificar el comune de nacimiento del ascendiente italiano sigue siendo una práctica esencial para determinar la competencia del Tribunale competente, conforme al art. 4 co.5 DL 13/2017.
  • Los documentos esenciales siguen siendo las certidones de nacimiento y matrimonio en cadena completa, así como la prueba de no-naturalización del ascendiente italiano (cuando sea exigible). Sin embargo, la existencia documental no elimina la necesidad de analizar si el derecho material persiste tras la aplicación del DL 36/2025 al caso concreto.
  • Procesos protocolados ANTES de la entrada en vigor del DL 36/2025 tienen reglas específicas de protección previstas por el propio decreto; el análisis debe hacerse a la luz del texto legal y de la jurisprudencia aplicable.

Atenção: este artículo se refiere a la decisión del Tribunale di Catanzaro en el caso concreto y añade el contexto necesario sobre el DL 36/2025/Ley 74/2025. Para orientación específica sobre casos individuales, especialmente para bisnietos y generaciones posteriores al ascendiente italiano, busque asesoría jurídica especializada.

Para quien busca orientación inicial sobre ciudadanía, el portal reúne materiales explicativos en nuestra sección sobre Cidadanía Italiana. Para seguir otros desarrollos y decisiones judiciales sobre el tema, consulte nuestra cobertura en Notícias da Itália y textos sobre la vida de los descendientes en Europa en Vida na Itália.

"Sentenza n. 3712/2026, Tribunale di Catanzaro" — texto de la decisión publicado por Diritto Pratico: https://apps.dirittopratico.it/sentenze.html?c=https://apps.dirittopratico.it/sentenza/tribunale/catanzaro/2026/3712.html#fa356

En conclusión, la decisión del Tribunale di Catanzaro confirma que, en el caso concreto, la vía judicial permitió el reconocimiento de la ciudadanía por descendencia sin exigir la previa exaustión del camino administrativo consular. No obstante, dada la modificación normativa traída por el Decreto Tajani (DL 36/2025/Ley 74/2025) — con sus restricciones a la vía consular y efectos retroactivos sobre el derecho material — es imprescindible analizar cada caso individualmente y obtener asesoría jurídica especializada antes de presumir la aplicabilidad general de este entendimiento.

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