Tribunal de Catanzaro decide sobre ciudadanía iure sanguinis
Sentencia del Tribunale di Catanzaro (28/09/2026) aborda competencia, admisibilidad y procedimiento para el reconocimiento de la ciudadanía italiana. Fuente: Diritto Pratico.

A la sentencia n. 3704/2026 del Tribunale di Catanzaro, publicada el 28/09/2026, analizó cuestiones de competencia, admisibilidad y procedimiento en acción de reconocimiento de ciudadanía italiana iure sanguinis propuesta por requerente residente en el exterior y en nombre de su hijo menor, tratando sobre todo puntos procesales y dejando el dispositivo final fuera del excerto divulgado, según el texto de la decisión publicado por el Diritto Pratico (https://apps.dirittopratico.it/sentenze.html?c=https://apps.dirittopratico.it/sentenza/tribunale/catanzaro/2026/3704.html#e2be8).
Resumen de la decisión — Tribunale di Catanzaro, ciudadanía italiana y Decreto Tajani
- La sentencia n. 3704/2026 del Tribunale di Catanzaro fue publicada el 28/09/2026, según el texto de la decisión publicado por el Diritto Pratico (enlace arriba).
- El proceso trata de solicitud de reconocimiento de iure sanguinis presentada por un requerente y por otro en nombre del hijo menor.
- El Ministerio del Interior, en calidad de parte resistente, no discutió el mérito del derecho reclamado, pero pidió la suspensión del proceso con base en una cuestión de constitucionalidad suscitada por el Tribunale di Bologna. El juez de Catanzaro registró la superveniencia de la decisión de la Corte Costituzionale (sent. 142/2025, 24/06/2025) y decidió no mantener la suspensión.
- El Tribunal declaró su competencia invocando el art. 4, co.5, del decreto‑ley n.13/2017, por tratarse de requerentes residentes en el exterior y porque el ascendiente italiano nació en el territorio de competencia de ese juzgado.
- Importante: el juicio reafirmó que la tentativa administrativa previa — o la caducidad del plazo consular de 730 días — no es condición de procedibilidad para la acción judicial de reconocimiento, entendimiento favorable al acceso directo al Poder Judicial. Debe contextualizarse este entendimiento a la luz de cambios legislativos recientes (ver abajo).
- El fragmento divulgado de la sentencia focaliza cuestiones procesales y de competencia; el dispositivo final (reconocimiento definitivo o rechazo) no figura en el tramo publicado, conforme al texto disponible en el Diritto Pratico.
Lo que cambió en la práctica para las familias brasileñas
- Para brasileños descendientes de italianos, la decisión indica que los requerentes residentes en el exterior pueden ingresar directamente al Poder Judicial con la solicitud de reconocimiento de ciudadanía, sin que la presentación previa al consulado sea, por sí misma, una condición obligatoria para interponer.
- Atención: el marco legislativo cambió con el Decreto Tajani (DL 36/2025, convertido en Ley 74/2025). Este decreto restringió la vía consular, limitándola a hijos y nietos de italianos, e introdujo efectos retroactivos de derecho material que afectan a generaciones posteriores (bisnietos y siguientes). En consecuencia, muchas personas de generaciones más distantes pueden haber visto extinguida materialmente su derecho de ciudadanía por la norma. Esto es una restricción que perjudica a requerentes de generaciones distantes; no se puede interpretar automáticamente el decreto como “abriendo” la vía judicial para garantizar derechos retroactivos.
- El entendimiento del Tribunal sobre el plazo consular de 730 días se refiere solo a la condición de procedibilidad del juicio; sin embargo, debido al Decreto Tajani, quien sea bisnieto o de generación posterior puede estar excluido del reconocimiento material por la nueva norma, y la vía consular pasó a ser inaccesible para esas generaciones.
- La competencia territorial sigue determinada según el lugar de nacimiento del ascendiente italiano, conforme art. 4, co.5, d.l. 13/2017 — por ello las familias brasileñas deben identificar el comune de origen del ascendiente para saber qué juzgado será competente. Observación: el reconocimiento administrativo en comune para requerentes extranjeros en busca de iure sanguinis fue, en la mayoría de los casos, cerrado por la normativa/interpretación vigente desde el Decreto 36/2025; por tanto, la consulta al comune no sustituye un análisis jurídico sobre la posibilidad administrativa.
Implicaciones sobre alegaciones constitucionales y el contexto legal
- La solicitud de suspensión del Tribunale di Bologna, que suscitaba cuestión de constitucionalidad, perdió eficacia práctica para el caso en Catanzaro tras la Corte Costituzionale haber emitido la sentencia n. 142/2025, citada por el juez. Esto no impide, sin embargo, que otras cuestiones constitucionales se susciten en procesos futuros.
- Es esencial distinguir efectos procesales (p. ej., suspensión de un proceso) de efectos de derecho material: el Decreto Tajani contiene disposiciones que retrohacen al nacimiento y pueden excluir el reconocimiento del derecho a la ciudadanía de quien, antes de la ley, llevaba ese derecho desde el nacimiento. Procesos protocolizados antes de la entrada en vigor del decreto están expresamente protegidos por el texto de la norma, pero la cuestión de la retroactividad material del decreto — es decir, la declaración de que determinadas personas "nunca fueron italianas" — es el punto central y controversial en litigios posteriores.
- Las Sezioni Unite de la Corte di Cassazione tienen fuerza vinculante y las decisiones de la Corte Costituzionale juegan un papel central; seguir la jurisprudencia es esencial para evaluar riesgos de litigios y estrategias procesales.
Plazos, pruebas y práctica para montar el proceso
- Aunque no es obligatoria la tentativa administrativa previa para interponer, es recomendable reunir desde el inicio del proceso toda la documentación probatoria:
- actas de nacimiento y matrimonio del ascendiente italiano;
- registros de naturalización (o prueba de no naturalización) del ascendiente;
- actas de los requerentes, traducciones juradas y apostillas conforme a la Convención de La Haya.
- La vía judicial puede ser la opción adecuada cuando hay retrasos consulares prolongados o cuando la vía consular no es viable para el/la solicitante; sin embargo, tras el Decreto Tajani, la posibilidad material de reconocimiento para bisnietos y generaciones posteriores está seriamente afectada por la retroactividad del decreto. La duración y el resultado dependen de la calidad de la prueba documental, del argumento jurídico y del encuadre generacional frente al Decreto Tajani.
- Verificar el comune de origen del ascendiente es práctica esencial: identificar correctamente el municipio de nacimiento del antepasado italiano define la competencia del tribunal y puede acelerar el proceso.
- Para orientaciones prácticas sobre documentos y procedimiento, el público puede consultar materiales del portal sobre Cidadanía Italiana y experiencias en Vida en Italia.
Lo que observar antes de actuar
- Confirmar la existencia y regularidad de las actas del ascendiente y de los descendientes, gestionar traducciones y apostillas y obtener poderes y representaciones legales necesarios para actuar ante el juzgado italiano.
- Evaluar con un abogado especializado en ciudadanía italiana si es preferible intentar vía administrativa o interponer directamente la acción judicial. En muchos casos desde el Decreto Tajani la vía consular se volvió inaccesible para generaciones además de nietos; además, el reconocimiento administrativo en comune ya no es una vía efectiva para requerentes extranjeros en muchos casos.
- Seguir decisiones constitucionales y cambios legislativos: la sentencia cita explícitamente la decisión de la Corte Costituzionale (sent. 142/2025), y el panorama legal continúa sensible a interpretaciones judiciales tras el Decreto Tajani.
"Art. 4, co.5, d.l. 13/2017" — citado por el Tribunal como fundamento de competencia territorial para acciones propuestas por residentes en el exterior.
La sentencia del Tribunale di Catanzaro (n. 3704/2026) refuerza la posibilidad de acceso directo al Judiciário para peticiones de reconocimiento iure sanguinis por requerentes en el exterior y aclara puntos procesales importantes, sin, sin embargo, disponibilizar en el excerto publicado el dispositivo final sobre el mérito de la solicitud, según el texto de la decisión publicado por el Diritto Pratico (https://apps.dirittopratico.it/sentenze.html?c=https://apps.dirittopratico.it/sentenza/tribunale/catanzaro/2026/3704.html#e2be8).
Nota final: dado el carácter sensible de la materia normativa (efectos retroactivos del DL 36/2025 / Ley 74/2025), se recomienda formular afirmaciones sobre los efectos prácticos del Decreto Tajani con cautela y consultar una asesoría jurídica especializada antes de concluir sobre estrategias procesales.





